Divorcios con Pensiones compensatorias

Las pensiones compensatorias son pensiones que se establecen en el caso de divorcios de parejas en las que uno de los cónyuges queda en una posición muy desventajosa por el hecho de divorciarse.

En el caso de parejas en las que los dos trabajan y pueden obtener ingresos por sí mismos, este tipo de pensiones son muy poco habituales.

Estas pensiones se dan en parejas en las que uno de los cónyuges se dedicaba al cuidado de la familia o ha colaborado en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del cónyuge.

Las pensiones compensatorias, hablando de una manera informal, sería el importe que uno de los cónyuges le ingresa al otro tras una separación o un divorcio.

El hecho de que se establezca una pensión compensatoria en favor de uno de los cónyuges es uno de los factores que pueden encarecer un divorcio, ya que abogados y procuradores incrementan sus honorarios en base a unos baremos establecidos, en los que en resumen, a mayor importe de la pensión, mayor cuota les corresponde a ambos. Estos baremos están establecidos por ley.

El beneficiario de las pensiones compensatorias debe declararla en la declaración de la renta como ingresos del trabajo, y en el caso del pagador, dan derecho a deducciones.

Definición jurídica

Regulada en el art, 97 del Código Civil consiste en la ayuda económica que uno de los cónyuges puede prestar al otro, normalmente motivada por el desequilibrio económico sufrido a partir de la separación, y que suele quedar sometido a la voluntad de los interesados, a diferencia de lo que ocurre con la pensión de alimentos a favor de los hijos.

En el caso de que los cónyuges renuncien a deberse pensión compensatoria, lo harán constar en el Convenio Regulador.

Para el caso de que se pacte su existencia, se puede acordar un plazo de duración determinada, que se estima suficiente para lograr un trabajo o rehacer la vida en cualquier forma, y que transcurrido este plazo la pensión dejará de ser mantenida.

También puede fijarse en capital, es decir, asignando una cantidad para ser pagada en una sola vez, o se pueden asignar el pago de bienes de diferentes clases, como pueden ser inmuebles o acciones.

De la misma manera, se podrán pactar clausulas que fijen la finalización de su pago, como es que el beneficiario de la misma haya conseguido un empleo o que se ausente al extranjero.